Nuevo valor para calcular las amortizaciones de los créditos en VSM.
- ASR Grupo Consultor
- 14 mar 2019
- 3 Min. de lectura
Bajo este encabezado, a través de su página de internet www.infonavit.org.mx, el INFONAVIT dio aviso a las empresas de la nueva mecánica para determinar las cantidades de salario que deberán retener a sus trabajadores por concepto de AMORTIZACIÓN DE CRÉDITOS.

En el pasado, muchos trabajadores padecieron los efectos de ver incrementados los saldos de sus créditos y por consecuencia sus amortizaciones, con base en “Veces de Salarios Mínimos”, ya que literalmente, dichas amortizaciones estuvieron ancladas al comportamiento de los aumentos anuales que tuvo el Salario Mínimo. Es de reconocerse que es un buen acierto del Instituto implementar la UMI, siempre que ésta realmente sea un referente económico que varíe equitativamente según la capacidad de pago de los trabajadores.
A lo anterior solo falta saber si esta nueva mecánica de cálculo estará fundamentada en la Ley, ya que por el momento solo forma parte de un comunicado por parte del Instituto. En seguida presentamos un breve análisis de los efectos de la UMI, en el nuevo tratamiento que ya deben estar aplicando las empresas a partir del 1 de enero de 2019.
Cuando el INFONAVIT otorga un crédito a un trabajador, se generan para el patrón entre otras las siguientes obligaciones:
Retener una parte de su salario, con la finalidad de cubrir las amortizaciones de dicho préstamo (artículo 29, fracción III, Ley del Infonavit).
Según lo establecido por el artículo 50 del Reglamento de Inscripción, Pago de Aportaciones y Entero de Descuentos al Infonavit (Ripaedi), el patrón es responsable solidario del pago de las amortizaciones del crédito; por lo cual es importante conocer los tipos de descuento que existen:
Porcentaje. - Toma como referencia el salario del acreditado
Cuota fija. - Cantidad liquida, expresada en pesos
En número de veces de salario mínimo. - A raíz del decreto publicado el 27 de enero de 2016, artículo sexto transitorio en materia de desindexación del Salario Mínimo General; esta modalidad tuvo algunos cambios, ya que para su cálculo se utiliza el valor de la UMI – Unidad Mixta Infonavit.
A continuación, y para efectos prácticos se presenta tabla comparativa (2016-2019)

Un importante cambio para considerar es que en el caso de trabajadores que perciban el salario mínimo, la retención no puede ser mayor al 20 % de dicho ingreso, de conformidad con el artículo 47 del Ripaedi.
El Instituto en su página de Internet realizo la publicación del valor de la UMI para 2019, así como el método de cálculo, a continuación, se presenta la publicación y se comparte el link:
…“Conforme a las reformas a la Ley del Infonavit publicadas el 27 de abril de 2016, en el Diario Oficial de la Federación, para 2019, los créditos en Veces Salario Mínimo se actualizan a una tasa de 4.83%, por lo que el valor de la Unidad Mixta Infonavit (UMI) será de 82.22 pesos diarios, conforme al artículo 44 segundo párrafo de la Ley del Infonavit, en el que se establece que el incremento de los créditos en VSM no podrá ser superior al porcentaje en que se incremente la Unidad de Medida y Actualización.
La determinación del monto anterior se realizó tomando como referencia el porcentaje del incremento del salario mínimo vigente para 2019, que fue de 5.00%, y el porcentaje que representó la inflación en 2018, que fue de 4.83%, dando la cantidad de $82.22 (78.43 x 4.83 % = 3.79 + 78.43= 82.22), monto que durante el 2019 se usará como base para el cálculo de las amortizaciones de los créditos otorgados en VSM. “ …
De acuerdo a la mecánica establecida por el INFONAVIT, los descuentos de los créditos contratados en veces de salario mínimo para el ejercicio de 2019, la referencia a considerar es de $82.22 (UMI vigente) en lugar de $102.68 (SMG vigente).
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